Pensión de alimentos: gastos que incluye

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Pensión de alimentos: gastos que incluye

Habitualmente, cuando realizamos un proceso de separación o divorcio en el despacho, los clientes a la larga siempre nos presentan las mismas dudas acerca de la pensión de alimentos y los conceptos que esta incluye. A través de este post vamos a intentar despejar aquellas incógnitas que afectan al día a día de las parejas separadas con hijos en común y una pensión alimenticia establecida legalmente.

Frecuentemente la pensión de alimentos surge tras un proceso de separación o divorcio, pero este no es el único entorno donde puede aparecer, también existe el caso de los hijos de padres no casados, y en todos se aplica el mismo régimen.

La prioridad del Juzgador centra su interés en los hijos menores fruto de la relación entre ambos progenitores, asegurándose de que sus necesidades básicas queden cubiertas y de que no se produzca un desequilibrio económico ante la ruptura familiar.

¿Qué conceptos incluye la pensión de alimentos? ¿Cuáles son los gastos ordinarios y cuáles los extraordinarios?

El Código Civil, en su artículo 142 se limita a definir alimentos como “todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica. Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aún después, cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable. Entre los alimentos se incluirán los gastos de embarazo y parto, en cuanto no estén cubiertos de otro modo”. Siendo este un concepto demasiado escueto, por lo que vamos a desgranar este término lo máximo posible.

El importe que se fija en una sentencia en concepto de pensión de alimentos irá destinado a satisfacer lo que se conoce como GASTOS ORDINARIOS, que son aquellos necesarios para cubrir las necesidades básicas del hijo, como la alimentación, una vivienda digna que cuente con todos los servicios básicos de agua, luz y gas, la ropa, el calzado, el acceso a un sistema sanitario que garantice todos los cuidados médicos, los gastos de formación desde la guardería hasta la finalización completa de los estudios del hijo (incluyéndose actividades escolares que el hijo realizase en el momento de fijarse la pensión de alimentos y hasta el momento en el que deje de realizarlas) y los gastos de embarazo y parto siempre y cuando estos no estén cubiertos por la seguridad social o por los seguros sanitarios que los progenitores tengan contratados.

Sin embargo, los GASTOS EXTRAORDINARIOS se abonan a parte del importe de la pensión alimenticia, y son aquellos que exceden de la naturaleza del gasto ordinario. No son previsibles ni periódicos, de forma que su pago se condiciona a su necesidad, según su cuantificación, debiendo distribuirse entre ambos progenitores en función de su aportación, aunque lo habitual es su reparto al 50%. Son ejemplo de ellos la inscripción en un colegio privado por uno solo de los progenitores, las clases de repaso o apoyo, las actividades extraescolares, las oposiciones, másteres y cursos en el extranjero, doctorados, y otras similares, los viajes de estudios, el gasto de las clases para el aprendizaje del inglés y los gastos médicos producidos por el cuidado de la salud e higiene bucal y ortodoncia

Como regla general, los gastos extraordinarios tienen que ser consentidos previamente por ambos progenitores, y a falta de acuerdo será necesario recabar autorización Judicial, salvo que se trate de supuestos de extraordinaria urgencia y necesidad.

¿Por qué es importante establecer con precisión los conceptos que integran la pensión en el Convenio Regulador?

Por todo ello es importante, a la hora de fijar la pensión de alimentos en el convenio regulador, que se especifique lo máximo posible que gastos quedan incluidos y cuales excluidos para evitar posibles desencuentros, estableciéndose de forma concreta la contribución en general y la forma en la que cada progenitor va a contribuir a los gastos extraordinarios de los hijos.

En nuestro despacho disponemos un equipo de profesionales especializados en la materia, que estarán a tu servicio y disposición, para resolver cualquier tipo de duda que pueda surgirte.